Ipys y Espacio Público: Ley Contra Delitos de Odio limita libertad de expresión
No queda claro qué es el odio. Comunicadores coinciden en que disposiciones de la Ley Contra el Odio, por la Convivencia Pacífica y la Tolerancia, aprobada por la Asamblea Nacional Constituyente (ANC) el pasado martes 8 de noviembre, son “ambiguas” y buscan limitar la libertad de expresión en Venezuela.
Los representantes de organizaciones dedicadas a la defensa de las libertades comunicacionales consideraron que la interpretación de esta ley puede hacerse de forma discrecional para generar censura y satisfacer intereses políticos.
Lo que dice la ley: multas y sanciones
Para garantizar el reconocimiento a la diversidad, erradicar toda forma de odio y preservar la tranquilidad pública, así se contempla en el artículo 1 del ordenamiento jurídico redactado por la ANC.
El artículo 20 dicta que quien públicamente incite al odio contra una persona o grupo será sancionado con prisión de diez a veinte años, sin perjuicio de la responsabilidad civil y disciplinaria por los daños causados.
Los prestadores de servicios de radio y televisión podrían ser sancionados con la revocatoria de su concesión, mientras que las redes sociales y medios electrónicos pagarían una multa de cincuenta mil a cien mil unidades tributarias, según el artículo 22; eso sin incluir un posible bloqueo del portal web.
“Estamos en inseguridad jurídica plena”
La directora ejecutiva del Instituto de Prensa y Sociedad (Ipys), Marianela Balbi, comentó que la Ley no define qué es lo que puede ser considerado odio e intolerancia, queda a discreción de los entes del Gobierno “sentenciar” el “carácter del discurso de odio”.
Ante las dudas, el artículo 6 de la Ley Contra el Odio establece que en estos casos se aplicará “la alternativa que brinde mayor protección a los derechos humanos, la paz y la convivencia pacífica”.
A juicio de la directora, “esta Ley es de las más restrictivas de la libertad de expresión después de la Ley Resorte”; además de que “pareciera” tener como objetivo ilegalizar partidos, inhabilitar funcionarios públicos y políticos y restringir el derecho civil a la asociación.
“Todo lo que tiene que ver con las medidas de odio ya existen en la jurisprudencia (nacional) y en estándares internacionales porque es de las limitaciones que tiene la libertad de expresión“, aseguró Balbi.
Explicó que los medios de comunicación no requieren de un Gobierno que regule el discurso porque los profesionales del área tienen claro qué pueden hacer y qué no. No obstante consideró preocupante que no esté claro quién o qué organismo tiene la responsabilidad de hacer cumplir las disposiciones del ordenamiento jurídico.
“Estamos en inseguridad jurídica plena. No tenemos demasiado a donde recurrir. Va a ocasionar que muchos seautocensuren, no va a haber coberturas de violencia porque ya hay una regulación previa de Conatel (Comisión Nacional de Telecomunicaciones)”, concluyó.
“No hay que inhibirse”
El director de la asociación civil promotora de la libertad de expresión, Espacio Público, Carlos Correa, explicó que la Ley que “intenta” sancionar expresiones de odio pone en la agenda los “delitos de opinión”; que a nivel mundial no suelen ser sancionados con cárcel.
A criterio del director de Espacio Público, esta ley busca generar autocensura; razón por la cual los comunicadores deben ejercer su profesión bajo los estándares que establecen los Derechos Humanos.
“No hay que inhibirse, tratar de continuar haciendo lo que corresponde y avanzar en las dinámicas de hacer comunicación en los estándares de los derechos humanos. Hay que seguir batallando por todas las vías”.
@VenprensaLC // Con información de Efecto Cocuyo